El desconocimiento del reglamento vigente en BJ vuelve a los conductores blanco fácil de extorsión por malos policías, en situaciones que, incluso, en ocasiones no ameritan multas; presidenta municipal ofrece mano dura y llama a denunciar arbitrariedades

SALVADOR CANTO

Durante décadas la Dirección de Tránsito municipal dependiente de la Secretaría de Seguridad Ciudadana (SSC), pero estructuralmente instruida desde la Secretaría General del Ayuntamiento, ha sido sinónimo de corrupción e impunidad y a pesar de los esfuerzos de los gobiernos por erradicar estas malas prácticas, la realidad es que persisten las irregularidades y abusos que muchos de sus policías perpetran cotidianamente en contra de los ciudadanos que poseen algún tipo de vehículo.

Tan solo con revisar el reglamento vigente, que consta de 191 artículos, es evidente que la mayoría son sancionables económicamente y al no ser suficientemente conocidos por los conductores se convierten en blanco fácil para el abuso de autoridad y, sobre todo, para ser víctimas de extorsión.

Es de señalarse quedicho reglamentodel municipio de Benito Juárezotorga un alto nivel de discrecionalidad a los policías de Tránsito para retener licencias, retirar placas o enviar el coche al corralón,con base en su artículo 178,el cual establece quepodrán retener al infractor como garantía del pago sobre las infracciones cometidasla licencia, la tarjeta de circulación, las placas e incluso el vehículo.

Sin embargo, eso contradice el capítulo XVIII que habla del apoyo al turista en su artículo 172, donde se establece la boleta de amonestación de cortesía sin costo alguno, pero a decir del propio director de Tránsito, Ezequiel Segovia Góngora, este artículo está en revisión por la actual administración y hasta en tanto no se hagan las adecuaciones que incluye el famoso “tarjetón turístico”, no se puede aplicar.

Todo elloes usado por los uniformados para amedrentar a los conductores y exigirles la clásica “mochada” para no solicitar una grúa y remitir su vehículo al corralón,pese a que la infracción pudo haber sido mínimay que, en algunos casos, todo pudo quedar en una simple llamada de atención.

Cabe señalar que la última modificación al reglamento interno se hizo en el año 2021, cuando uno de los cambios fue definir que no son agentes ni elementos, sino policías de tránsito quienes integran la corporación.

De acuerdo con los reportes de la propia Dirección de Tránsito, las faltas o violaciones más comunes de los conductores son por no respetar las señales de tránsito, pasarse los semáforos en rojo, usar el teléfono celular, no tener abrochado el cinturón de seguridad, exceso de velocidad o estar mal estacionados, además de que hay quienes conducen en estado inconveniente, es decir, bajo los influjos del alcohol u otras sustancias.

Además, se ha evidenciado reiteradamente la falta de preparación de muchos policías, pues en redes sociales han circuladovideos grabados por ciudadanos, los cuales exhiben que muchas veces no saben fundamentar el motivo por el cual marcaron el alto a un conductor y en otros casos se exceden de sus funciones y no solo agreden, sino que también han sido agredidos físicamente. 

Por cierto, es digno de mencionarse que en las oficinas de Tránsito la tramitación de las licencias para conducir no se hace como antes, cuando era requisito indispensable una estricta prueba de manejo para su expedición, pues ahora basta con la presentación del interesado, a quien si acaso, a lo mucho, lo mandan a un “curso de vialidad” de una hora.

Tránsito, sietejefaturas y mucha corrupción

Con base en el organigrama de la Dirección de Tránsito municipal, su estructura está basada en dos áreas, una administrativa y otra operativa; la primera se encarga de recepcionar toda la documentación, oficios remitidos desde las diferentes dependencias, tanto de la Secretaría de Seguridad Ciudadana como de aquellas que no pertenecen a la institución pero que forman parte de solicitudes y tramitaciones para eventos religiosos o deportivos, entre otros.

En tanto que la segundaes la operativa, es decir, la encargada de aplicar el reglamento de Tránsito, tiene una subdivisión con siete jefaturas que son motopatrullas, patrullas, alcoholímetro, semaforización, descacharrización, pie tierra y educación vial y cada una de ellas tiene sus propias funciones en toda la ciudad.

Y justo es en este punto donde se teje toda una amplia estructura de corrupción que comienza desde las “cuotas” que les exigen los jefes a los elementos para ser asignados a cualquiera de las áreas para su labor del día.

Es decir, si un policía quiere estar en patrulla, se le exige pagar una cuota que asciende hasta 700 pesos por turno; si es moto, el pago que le piden es de entre 400 y 500 pesos y con ello, tienen la libertad de poder moverse por toda la ciudad en plena cacería de automovilistas.

Las principales áreas donde los elementos pueden “recuperar su inversión” por las cuotas que pagan son las avenidas como la José López Portillo que está dividida en tres secciones, una que abarca desde Puerto Juárez hasta la avenida Uxmal, la otra comprende de la Uxmal hasta la Chacmool y de la Chacmol hasta la entrada de Tierra Maya y en todos los casos es tanto de ida como de vuelta.

De igual forma,representan botines codiciadísimos los accesos carreteros a la ciudad, el tramo de la entrada y salida del Aeropuerto Internacional de Cancún y el bulevar Kukulcán que corre a lo largo de la zona hotelera.

Otros puntos “prósperos” son las avenidas Andrés Quintana Roo, Las Torres, 20 de Noviembre y Huayacán, donde existe vía libre para la operación de elementos, ya sea en motos o en patrullas.

Sin embargo, existe un área especialmente codiciada por un grupo de elementos, que es la entrada a la ciudad en la vía a Mérida, en donde los policías han establecido desde hace varios años un“cobroespecial” a los tráileres que ingresan con mercancía a la ciudad y que legalmente requieren de un permiso cuya tramitación les ocupa varias horas en las oficinas de Tránsito, donde les establecen el horario en el que podrán ingresar para trasladar sus productos ya sea a los supermercados o las bodegas.

Y es allí donde el grupo de agentes ha establecido un pingüe negocio para la venta de “claves” quepermiten a los transportistas ingresar a la ciudad y circular por sus calles a cualquier hora del día.

La clave consiste en un “permiso especial” con un valor de entre dos mil 500 a tres mil pesos que les tienen que pagar en el momento a los policías de Tránsito para permitirles circular por la ciudad sin necesidad de hacer otro trámite en las oficinas y, sobre todo, sin que otros elementos interfieran en su trayecto, pero en caso de que sí los detengan, solamente les dan la “clave” asignada en el primer contacto y listo, asunto arreglado.

Irregularidades constantes de los agentes

A pesar de la existencia de un claro reglamento de vialidad, en donde se establece la facultad de parar al conductor de cualquier vehículo, ya sea particular o de servicio público, la labor del policía únicamente es preventiva y para hacerle saber al ciudadano que cometió alguna infracción vigente en la norma.

En el caso de las unidades de transporte público, el policía de Tránsito puede sancionar por falta de algún documento o violación al reglamento, pero también tiene la obligación de darle parte al Instituto de Movilidad del Estado de Quintana Roo (Imoveqroo), que es la instancia que puede sancionar con el retiro o no de la concesión, en caso de una conducta más grave como la invasión de rutas, llevar más pasaje que la capacidad permitida de la unidad y exceder el límite de velocidad, lo que muchas veces pone en riesgo la vida de los pasajeros, además de que en algunos casos no cuentan con seguro de vida por daños a terceros.

A pesar de ello, los elementos de Tránsito permiten que cientos de mototaxis circulen por toda la ciudad y no solamente en los circuitos permitidos por la autoridad estatal.

También, por todo Cancún circulan decenas de vehículos sin placas, además de otros con modificaciones en sus focos y aditamentos como instalación de estrobos, pese a estar prohibido dentro del reglamento vigente.

Además, permiten la operación y maniobras de tráileres en el centro de la ciudad en horas pico y toleran que los taxistas ocupen espacios públicos para hacer sitio, como ocurre en Puerto Juárez, cuyas calles están ocupadas por ellos, lo que dificulta a los ciudadanos encontrar un lugar dónde estacionar sus vehículos.

Por otra parte, es claro que, si bien existe un derecho de libre circulación, la ley prohíbe “revisiones de rutina”, pues los policías de tránsito no son agentes preventivos de Seguridad ni ministeriales por lo que, en todo caso, si detienen la marcha de un vehículo y lo consideran necesario, están obligados a dar parte a la Secretaría de Seguridad Ciudadana para que sean sus elementos los que hagan lo conducente.

Cero tolerancia a la corrupción: Ana Paty Peralta

Respecto al cúmulo de denuncias en contra de elementos de Tránsito y al trabajo informativo que realiza la autoridad sobre la Dirección de Tránsito, El Despertador de Quintana Roo consultó a la presidenta municipal de Benito Juárez, Ana Paty Peralta de la Peña, durante la jornada de atención ciudadana del programa “Cancún Nos Une” celebrada en el domo de la Supermanzana 200, el pasado 27 de septiembre.

En ese contexto, la alcaldesa llamó a cualquier persona que sea víctima de un abuso de autoridad o extorsión de elementos de Tránsito, a que se acerque con ella a denunciar cualquier irregularidad.

Y su mensaje fue contundente: “No toleroningún tipo de extorsión en ninguna dependencia, entonces, cualquier ciudadano que haya sido víctima de abuso de autoridad, de corrupción o de extorsión, que por favor lo denuncie; tenemos a Contraloría también en las jornadas y lo pueden hacer directamente aquí, porque muchas veces no saben a dónde acudir”.

Insistió en que la denuncia la pueden hacer directamente con ella o en el caso de elementos de tránsito, en Asuntos Internos, que es donde se resuelven esos temas.

“Les pido por favor que denuncien, si no denuncian haz de cuenta que no pasó nada y también invito a la ciudadanía a que no se genere este tipo de actos, es decir, que se conduzcan de la mejor manera”, añadió.

Minutos antes del inicio de la jornada de atención ciudadana, una persona se acercó con la presidenta municipal, justamente para denunciar que por no darles una “mochada” a elementos de tránsito, le levantaron una boleta de infracción por supuestamente haberse pasado un alto.

“Ahorita la situación era de una persona que se pasó un alto, entonces también hay que respetar señalamientos, límites de velocidad porque no podemos tampoco permitir que seamos omisos ante cualquier situación de estas, pues existe un reglamento que se tiene que cumplir”, acotó.

Multa por conducir alcoholizado, de las más caras

Si una persona conduce un vehículo de cuatro o dos ruedas (motos) bajo los influjos del alcohol y es detenido por un policía de tránsito, de acuerdo con el artículo 126, se tendrá que pagar la multa más cara del reglamento que equivale de 100 a 120 Unidades de Medida y Actualización (UMA) que son alrededor de 8 mil 962 pesos como mínimo y un máximo de 10 mil 754 pesos, adicionalmente al pago que deberán hacer por el arrastre de su automóvil al corralón.

Sin embargo, también es de las infracciones más “buscadas” por los policías de Tránsito, porque es justo cuando más dinero le pueden sacar al conductor a cambio de no aplicar en su contra el reglamento vigente.

Durante la pasada jornada de atención ciudadana Cancún Nos Une, El Despertador de Quintana Roo platicó con un ciudadano que se encontraba haciendo el trámite de renovación de su licencia y previo a ello, reveló quea principios del presente mes de septiembre fue detenido por policías de Tránsitosobre la avenida Nichupté, momentos después de salir de un antro que está enfrente del Instituto Tecnológico de Cancún.

“Apenas salí del antro con unos amigos, di vuelta en el semáforo para incorporarme a la Nichupté y fui alcanzado por una patrulla de Tránsito con dos elementos que de inmediato me hicieron el alto”, narró el ciudadano, quien dijo llamarse Jaime Medina.

Cabe señalar que precisamente una de las estrategias habituales de los patrulleros es el establecimiento de “trampas” en las inmediaciones de bares y antros, donde permanecen al acecho,en espera de quienes salen de estos establecimientos en busca deextorsionarlos.

Comentó que su error fue haber bajado del auto antes que los policías –de hecho, una de las recomendaciones de abogados consultados por El Despertador de Quintana Roo es no descender del automóvil en ningún momento– y estos de ahí “se agarraron” para comenzar a intimidarlo, pues de inmediato detectaron que había ingerido algunas cervezas.

“De forma directa me dijeron que ya me había ‘cargado el payaso’, que el auto se iba al corralón y la multa era de las más caras porque venía tomado y por más que les dije que me tomé solo una cerveza porque sabía que iba a manejar, me insistieron en que no había vuelta atrás y que les entregara los documentos para la infracción, además de que mis amigos iban más tomados”, relató.

Narró que incluso les pidió a los policías que le hicieran alguna prueba de alcoholemia, pero que respondieron que no tenían equipo y que, además, no era necesario porque era evidente que había ingerido alcohol.

“Al final me dijeron que si me quería irles diera en esos momentos cinco mil pesos y no pasaba nada, pero que si no los tenía iban a proceder y que la multa, además del arrastre del auto al corralón, me iba a salir en más de 12 mil pesos.

“No tuve de otra, hasta me escoltaron al cajero que está enfrente del Soriana en la avenida La Luna, en donde tuve que retirar el dinero y entregárselos para que me dejaran ir”, mencionó.

No hay que dejarse intimidar: abogados

Miembros del Colegio de Abogados Postulantes de Cancún afirman que toda actuación de los policías de Tránsito debe apegarse a su propio reglamento y, en este caso, su proceder debe de ser acorde al artículo 6 en donde se establece que si un ciudadano violó de manera flagrante la ley, el oficial le tiene que indicar al conductor que detenga la marcha de su vehículo.

Otro de los párrafos de dicho artículo señala que el agente de Tránsito deberá identificarse con su nombre y número de oficial.

De igual manera, el policía deberá informar al conductor la infracción que cometió y tendrá que mostrarle el artículo del reglamento que lo fundamenta, así como la sanción que proceda por la infracción.

Ante ello, el oficial tiene que solicitar al automovilista la licencia y la tarjeta de circulación de la unidad y el conductor tiene la obligación de presentárselos al oficial, para que los revise.

En ese mismo momento, el agente de Tránsito deberáentregarle la boleta de infracción, la cual tiene que especificar la sanción que se le impondrá a quien cometió la infracción y de ser necesario se le retendrá alguno de sus documentos.

Sin embargo, para garantizar que todo este procedimiento se cumpla conforme a la ley, cualquier ciudadano que sea retenido por cualquier autoridad puede videograbar o tomar fotografías en caso de que sienta que sus derechos están siendo vulnerados.

“No existe una disposición expresa que prohíba tomar videos de funcionarios en situaciones que estén ocurriendo en un espacio público, aunque tampoco existe alguna que nos ampare ese derecho; sin embargo, los policías ya cuentan con cámaras para ‘protegerse’ y entonces el ciudadano también lo puede hacer y en todo caso, se puede recurrir al Artículo 6 de la Constitución que protege la libertad de expresión”, acotó uno de los abogados consultados.

Añadió que si bienlas autoridades también son personas que tienen derecho al respeto del honor, imagen e intimidad, al estar ostentando un cargo público también tienen la obligación de ser transparentes en sus funciones y rendir cuentas de éstas.

Bajo ese contexto, se planteó la posibilidad de queesta opción de videograbar conlleve un delito que podría ser el de cohecho, si en algún momento el policía de Tránsito le llegase a pedir dinero al conductor a cambio de no hacerle la boleta de infracción y este accede,y también recordar que hoy los propios policías portan cámaras integradas en sus uniformes y si no son corruptospueden usar la grabación de ese intento de soborno como un elemento para detenerlo.

El delito de cohecho, de acuerdo con el Código Penal del Estado, en su artículo 255, tiene una penalidad de seis meses a dos años de prisión, según sea el caso.

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Artículos de Tránsito importantes que el todo ciudadano debe conocer

Artículo 6, habla de que al momento de que un conductor es detenido, el policía de Tránsito debefundamentar el motivo por el cual le hizo el alto y todas las violaciones que cometió que acreditan la elaboración de su boleta de infracción, no sin antes identificarse con su nombre y número de cobro.

Artículo 7, da facultades al policía de Tránsito para impedir la circulación de vehículos, asegurarlos y remitirlos al depósito vehicular correspondiente si el conductor va ingiriendo bebidas alcohólicas y al mismo tiempo, aplicar lo previsto por los artículos 124 a 130 que hablan de las multas y sanciones por consumo de alcohol que van desde los 10 y hasta los 12 mil pesos aproximadamente.

Artículo 43, prohíbe el uso de todo tipo polarizado superior a dos humos en cristales de vehículos y/o que restrinja la luz hacia el interior hasta un 28% como máximo; además de la utilización de material con acabado espejo, calcomanía, cortina, empapelado o cualquier otro material obstructor en los cristales de los vehículos, que impida la visibilidad hacia el interior del mismo, fuera de lo permitido. Aplica sanción desde mil 556 hasta dos mil 074 pesos.

Artículo 55, establece que conductor y acompañante de una motocicleta, motoneta, tricimoto o cuatrimotoestán obligados a usar casco protector con las características establecidas en su caso en las Normas Oficiales Mexicanas, debidamente colocado y abrochado. Sanción de mil 037a mil 556 pesos.

Artículo 58, habla de que todo conductor de un vehículo debe contar con licencia o permiso vigentes, sujetar con ambas manos el control de la dirección, evitar llevar entre sus brazos a otra persona, animal o algún objeto; evitar conducir en una zona de seguridad para peatones; usar el cinturón de seguridad junto con todos los pasajeros que se encuentren en el vehículo; respetar las señales de tránsito; respetar las luces de los semáforos que deben de cruzar únicamente con luz verde, tener precaución con luz ámbar y detener el vehículo totalmente con luz roja. El incumplimiento de estos deberes se sancionará desde los 518 hasta los dos mil 593 pesos.

Artículo 59, refiere que los conductores de vehículos tienen prohibido entablar competencias de velocidad o de aceleración en las vías públicas; llevar a niños menores de siete años y/o mascotas en los asientos delanteros; transitar en sentido contrario a la circulación; adelantar vehículos por el acotamiento; usar el teléfono celular o de cualquier aparato de comunicación u otros objetos análogos que impida que el conductor controle con ambas manos la dirección del vehículo; el uso de televisiones funcionando en la parte frontal dentro del vehículo; invadir un carril de sentido opuesto a la circulación para adelantar vehículos para dar vuelta a la izquierda para incorporarse a otra vía; conducir vehículos que lleven un mayor número de personas de las que determine su capacidad de asientos, así como el echarle combustible a un vehículo cuando el motor esté en marcha o a vehículos con pasajeros a bordo; remolcar transportar o arrastrar un vehículo por otro vehículo que no sea de salvamento; dejar en el interior de un vehículo cerrado a menores de edad y/o mascotas, cuando este se encuentre estacionado sin la compañía de un adulto y aquí la es equivalente desde 311 pesos y hasta cuatro mil 668 pesos.

Artículo 71, plasma que, por las noches, todo vehículo en tránsitodeberá llevar encendidos los faros principales y que todos sus aditamentos de seguridad deben de funcionar correctamente. Se aplica de 311 peso a los 829 pesos a quien incumpla.

Artículo 89, prohíbecualquier modificación, alteración o clonación en las placas de circulación, las tarjetas de circulación o permiso provisional para circular, una vez que la policía de tránsito haya detectado la existencia de la alteración o clonación, independientemente de la sanción y multa correspondiente, tendrá la obligación de hacer del conocimiento de estos hechos a la autoridad competente. Se aplica además una multa equivalente de 2 mil 593 a 3 mil 112 pesos.

Artículo 111, establece la prohibición de la instalación y uso de torretas, faros rojos en la parte delantera, o blancos en la trasera, flashes o estrobos, sirenas y accesorios de uso exclusivo para vehículos policiales y de emergencia; la instalación o adaptación de faros y luces que por la intensidad que emitan impidan, dificulten la visibilidad de conductores y peatones. Incurrir en las prohibiciones previstas en el presente artículo, se sancionarán desde los 518 pesos y hasta los 2 mil 593 pesos.

Artículo 164, plasma la prohibición a los conductores de vehículos de utilizar innecesariamente la bocina, modificar cláxones y silenciadores de fábrica o la instalación de dispositivos como válvulas de escape u otros similares que generen ruido excesivo, así como arrojar objetos o basura desde el interior del vehículo.  Su incumplimiento establece una multa que va los 311 pesos a los mil 556 pesos.

Artículo 191, acota que, con motivo del arrastre y detención de un vehículo, si éste sufriera daños o robos, las autoridades responsables tendrán la obligación de reparar los daños o pagar el costo de ellos a elección del particular.

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El Reglamento de Tránsito para el Municipio de Benito Juárez se encuentra disponible para su descarga en el linkhttps://cancun.gob.mx/transparencia/wp-content/uploads/sites/2/2023/01/30-Reglamento-de-Transito-para-el-MBJ-Q-Roo-06-MAYO-2022.pdf